FUENTES RENOVABLES DE ENERGIA
Son las fuentes renovables de energía no fósiles idóneas para ser aprovechadas de forma sustentable en el corto, mediano y largo plazo: energía eólica, solar térmica, solar fotovoltaica, geotérmica, mareomotriz, undimotriz, de las corrientes marinas, hidráulica, biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración, biogás, biocombustibles.
LEY NACIONAL DE FUENTES RENAVABLES DE ENERGIA
Ley 27.191 de Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía y Resolución Reglamentaria 531/16, del Ministerio de Energía y Minería de la Nación. Ámbito de aplicación: territorio nacional.
La Ley declara de interés nacional la generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables con destino a la prestación de servicio público, como así también la investigación para el desarrollo tecnológico y fabricación de equipos con esa finalidad.
La Ley 27.191 tiene por objetivo la contribución de fuentes de energía renovables hasta alcanzar el 8 % del consumo de energía eléctrica nacional, para el 2018 y el 20 % para el 2025.
INCENTIVOS FISCALES
Exención de aranceles a la importación de equipos, partes, repuestos, componentes y materias primas hasta el 31/12/2017.
Amortización acelerada.
Devolución anticipada de IVA.
Exención del Impuesto a las Ganancias Mínimas Presuntas.
Exención del Impuesto a los Dividendos ante la reinversión en infraestructura.
Deducción de la carga financiera en el Impuesto a las Ganancias.
Certificado Fiscal sujeto a acreditación de componente nacional.
INCENTIVOS A LOS PROYECTOS DE GENERACION
Prioridad de acceso a financiamiento vía Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Energías -Renovables (FODER).
Certificado Fiscal por el 20 por ciento de la integración nacional con un mínimo de un 30 %.
Incentivos a los proveedores locales.
Exención de aranceles a la importación de bienes de capital, partes, componentes y materias primas.